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Auditora General se reunió con Junta Directiva de Asdeccol


AGR. JP Dueñas Fecha de publicación: 04/06/2020
  • Evaluación de las contralorías, defensa del presupuesto de los organismos de control fiscal y hallazgos de la AGR en cumplimiento del ejercicio auditor, temas que hicieron parte de la agenda.

Bogotá, 4 de junio de 2020. En su tarea de promover la transformación del control fiscal del país y de coordinar acciones conjuntas que permitan su implementación y desarrollo, la Auditora General de la República, Alma Carmenza Erazo Montenegro, sostuvo reunión virtual con los miembros de la Junta Directiva Nacional de la Asociación de Servidores Públicos de los Órganos de Control de Colombia –Asdeccol–.

Certificación de las contralorías y defensa del control fiscal territorial

En la charla se trataron temas fundamentales como la certificación de las contralorías territoriales a partir de indicadores de gestión, tarea que, conforme lo disponen el Acto Legislativo 04 de 2019 y el Decreto 403 de 2020, corresponde a la Auditoría General de la República –AGR–, y sobre la cual la Dra. Alma Carmenza manifestó que en el momento se está realizando el diseño y parametrización de los indicadores mediante los cuales se calificará a los órganos de control fiscal territorial, y que una vez establecida la metodología, la misma será ampliamente socializada entre todos los sectores de interés.

Respecto a la inquietud que tienen las contralorías por la amenaza latente de reducción de sus presupuestos por la situación fiscal que atraviesan departamentos, distritos y municipios, la Auditora declaró que es una preocupación que comparte con ellos e instó a los participantes a la reunión a actuar conjuntamente en la gestión y apoyo de iniciativas que promuevan el proyecto de fortalecimiento presupuestal que ordenó el Acto Legislativo 04 de 2019.

Hallazgos de auditoría

Una de las inquietudes que los representantes de Asdeccol presentaron en la reunión, fue la referente a los hallazgos de la Auditoría General de la República concernientes a acuerdos laborales suscritos por Asdeccol y otros sindicatos con contralorías territoriales, refiriéndose concretamente al caso de pagos completos por incapacidades médicas realizados en la Contraloría de Manizales.

En virtud de lo anterior, se informó a los asistentes que la posición de la Auditoría General de la República, es la siguiente:

a. El pago de parte del salario a los empleados públicos en situación de incapacidad por enfermedad no profesional es considerado por la ley y la jurisprudencia colombiana como una prestación social y no simplemente un auxilio económico. Entre otras, los Decretos 3135 de 1968 y 1848 de 1969, explícitamente lo consideran una prestación social.

b. El régimen prestacional de los empleados públicos en Colombia, por mandato constitucional, tiene expresa reserva legal y reglamentaria, en particular el artículo 150-19-e de la Constitución Política, desarrollado en la Ley 4 de 1992. Esta misma regla fue expresamente corroborada, entre otras, en sentencia C-315 de 1995.

c. El Decreto 1072 de 2015, vigente y actualmente cobijado por presunción de legalidad, en su artículo 2.2.2.4.4 sobre materias de negociación establece que, en materia prestacional, las entidades no tienen la facultad de negociar y concertar, toda vez que, por mandato constitucional y legal, la única autoridad competente para regular la materia, es el Presidente de la República.

En criterio del asesor externo que acompañó el desarrollo de la reunión, los pagos adicionales sobre la prestación de origen legal serían una prestación extralegal que, de cara al ordenamiento jurídico vigente, estaría totalmente proscrita. Lo anterior, en virtud de la reserva legal y reglamentaria sobre la materia, y por esto, esta es una de las materias que debe estar excluida de las negociaciones colectivas con sindicatos de empleados públicos, de conformidad con el Decreto 1072 de 2015.

Frente al tema, la Auditora General fue enfática en afirmar que la AGR se encuentra estudiando la responsabilidad fiscal en casos concretos y, sólo cuando culmine dicho estudio, tomará la decisión de fondo que mejor se ajuste a derecho, la cual consultará todos los elementos que estructuran la responsabilidad fiscal y, como es obvio, siempre con el debido respeto de las formalidades del procedimiento y de las garantías de los sujetos investigados, en particular sus derechos de audiencia, defensa y al debido proceso.

Así mismo, manifestó que Asdeccol siempre contará con la posibilidad de ejercer acciones judiciales como consecuencia de las decisiones de las contralorías territoriales que han ordenado la suspensión del pago del valor del salario no cubierto por las EPS cuando existen incapacidades médicas, de tal manera que una decisión de la Auditoría no constituye un prerrequisito para la presentación de tales acciones, pues es su derecho lograr un pronunciamiento en sede judicial, sobre este tema tan relevante.

Finalmente, los participantes en la reunión coincidieron en programar un taller sobre negociación colectiva en colaboración con la Academia Virtual de la AGR.

 

 

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